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#JuntosNosCuidamos

Uso de mascarillas también será obligatorio en lugares públicos cerrados

A partir del 17 de abril también se exigirá que uses tu mascarilla en supermercados, bancos y ascensores, entre otros.

Además de la obligatoriedad de usar este elemento preventivo en el transporte público y privado remunerado, a partir del 17 de abril también se debe utilizar en lugares donde se encuentren 10 o más personas en un espacio cerrado, como por ejemplo:

  • Supermercados, centros comerciales, hoteles y farmacias

  • Establecimientos de salud

  • Bancos y otras oficinas de atención a público

  • Lugares de trabajo

  • Ascensores y funiculares

  • Aeropuertos y terrapuertos

  • Establecimientos educacionales

  • Teatros, cines, discotecas, casinos de juego

  • Residencia de adultos mayores

  • Lugares de fabricación y manipulación de medicamentos o alimentos

  • Galerías o tribunas en recintos deportivos, gimnasio o estadios

  • Pubs, restaurantes, cafeterías, para quienes trabajen en ello

  • Se exceptúa el uso de mascarillas a las personas que estén comiendo en lugares especialmente habilitados para ello.