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A partir del 15 de marzo:

Medidas obligatorias en todos los centros de trabajo Codelco

La implementación de estas medidas debe ser inmediata. Cualquier inquietud debe canalizarse a través de la supervisión o de la GSSO respectiva.

  • Cualquier persona que presente síntomas respiratorios debe abstenerse de asistir al centro de trabajo, avisar a su supervisor y acudir al centro de salud más cercano.

  • Las personas que pertenezcan a grupos de riesgo (por edad o patologías crónicas), deben implementar teletrabajo, en coordinación con su supervisión. Sólo para aquellas personas que efectivamente puedan realizar teletrabajo.

  • A partir del domingo 15 de marzo de 2020, deben suspender su traslado aéreo las personas que comienzan sus turnos en el Distrito Norte y que pueden ejecutar teletrabajo, en coordinación con cada supervisor. Esta medida es sólo para aquellas personas que efectivamente pueden realizar teletrabajo.

  • Para el caso de quienes deban presentarse a sus lugares de trabajo y se vean afectados por la suspensión de clases de sus hijos, deben informar a su supervisor para identificar una solución caso a caso.

  • Suspensión de todo evento, reunión o similar que congregue a un grupo masivo de personas, incluidas las capacitaciones presenciales.

  • Mantención estricta de las medidas higiénicas.